viernes, 25 de octubre de 2013

disposición de investigación preliminar

Empezamos el Blog con una disposición de INVESTIGACIÓN PRELIMINAR. Es un caso ficticio, lo adjunto como modelo, de repente les dejaron una tarea, puedan tenerlo de referencia.





Nro. De CASO                     : 032-2013

Disposición                         :  01

                    DISPOSICIÓN DE INICIO DE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR

Tumbes,   02 de octubre de 2013

DADO CUENTA con la denuncia de parte de fecha  el 01 de octubre de 2013, presentada  por   la Señora TERESA LÓPEZ CASAS, en contra de KARINA LISSET MARQUEZ RIOS  por la presunta comisión del DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA ALUD EN LA MODALIDAD DE HOMICIDIO CALIFICADO- ASESINATO en agravio de JUAN PÉREZ LÓPEZ.

ATENDIENDO:

PRIMERO : Conforme a la denuncia de parte de fecha 01 de octubre de 2013, se señala el hecho imputable siguiente: El día 31 de setiembre del 2013, al promediar las 10:00 pm, el occiso se dirigió
al local nocturno “la Herradura”, ubicado en la avenida tumbes 897, acompañado de un compañero , luego de tres horas el occiso, refiere el  acompañante, recibe múltiples llamadas, lo cual le comenta que una persona de NOMBRE KARINA MARQUEZ, que había conocido por la mañana en unas cabinas de internet ubicadas en la calle bolívar, cuadra 3. Siendo aproximadamente las 5:30 am, del día domingo 01 de octubre, el occiso se retira con la denunciada, KARINA LISSET MARQUEZ RIOS al hostal “el pionero”, ubicado en la calle #234, del AAHH “las Malvinas”, a las 12:00 horas se retira la denunciada dejando olvidado su Documento de Identidad  y es el recepcionista de nombre RONY DIAZ MARZANO, identificado con DNI 4533874, que ingresa a las 19:00 horas a la habitación número “25”, encontrando al occiso sin vida y con una herida punzante a la altura de la nuca justo en la cuarta vértebra cervical, Su señora madre identificada como TERESA LÓPEZ CASAS, realizó las diligencias correspondientes con la ayuda de la policía nacional  y es así que a las 20:00 se realizó la necropsia de ley con la posterior acta de defunción, la cual cita la hora de muerte a las 11:00 horas del día domingo 01 de octubre.

SEGUNDO: Que, el día 01 de octubre se le notificó a la denunciada, KARINA LISSET MARQUEZ RIOS en el
domicilio que consta en su ficha de documento de identidad, en el AAHH “El progreso”, calle 287, en el barrio “El Tablazo”. No encontrándose presente y según familiares de la imputada, se encontraba de viaje hacia el sur, se dejó el documento de notificación firmando su madre, la señora JULIA MARIA RIOS CONTRERAS.


TERCERO: Que, el Ministerio Publico para llevar adelante la   acción penal, está condicionado al cumplimiento previo   de requisitos mínimos, como es la existencia del delito,   que la acción penal no haya prescrito , que se haya individualizado al imputado, que se cumplan todos los requisitos de procedibilidad, siendo así, este despacho considera   que por los hechos puesto en   conocimiento, es necesario realizar   diligencias preliminares, a fin de tener mayores elementos de convicción   para el esclarecimiento de los hechos, por lo que en aplicación del artículo 65 inciso 2   y 3 del nuevo código procesal penal   y conforme lo establecido   en el articulo 330 inciso 1 y 2 del nuevo código procesal penal, con las atribuciones   que confiere el articulo 159 inciso 4 de la constitución del estado, en concordancia   con los articulo 1 y 5 de la ley orgánica del Ministerio Público.

CUARTO: La investigación Preliminar es primordial para realizar los actos urgentes o inaplazables destinados a determinar si han tenido lugar los hechos y si tiene características de delito, así como asegurar los elementos materiales de su comisión e individualizar a los partícipes, testigos y agraviados.



SE DISPONE: APERTURAR INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
en contra KARINA LISSET MARQUEZ RIOS   por la presunta comisión del delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD EN LA MODALIDAD DE HOMICIO CALIFICADO – ASESINATO en agravio de JUAN PÉREZ LÓPEZ,  por un plazo de 20 días, encomendar al departamento de investigación criminal – TUMBES   para que bajo la conducción de este Ministerio Publico, realice las investigaciones del caso, a fin realicen las siguientes diligencias:

a) Se reciban la declaraciones de KARINA LISSET LÓPEZ MARQUEZ, ante la Fiscalía Provincial Penal el día 03 de Octubre a horas 10:00am en la calle   La Merced 400 Puyango, con presencia de su abogado, a fin que efectúen los descargos   que consideres convenientes con respecto a los hechos que se le imputan.

b) Se realice el protocolo de necropsia por el Instituto de Medicina Legal, para conocimiento del Fiscal.

c) Se reciba la declaración de TERESA LÓPEZ CASAS, ante la   Fiscalía   Provincial Penal el día 04 de octubre a horas 9:00am en la calle merced 400 Puyango, a fin que proporcione mayor información sobre los hechos que se denuncian en su agravio.

d) Se reciban las declaraciones de los testigos, el señor Rony Diaz Marzano y del señor José armando Miranda Vásquez, ante la Fiscalía Provincial Penal el día 05 de octubre a las 11:00 horas, en la calle  La Merced 400 Puyango.

e) Se oficie a servicios judiciales a fin de que remitan antecedentes penales de la denunciada.

f) Otras diligencias necesarias, que deriven del presente caso   para lograr el esclarecimiento de los hechos.






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                                               FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALÍA  PENAL                                                                                          CORPORATIVA DE TUMBES